La cesta de elevación para grúas, BA-164G es conforme para un uso de carácter excepcional, tal como se especifica en el R.D. 1215/1997 del 18 de Julio por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
También es conforme al IV Convenio colectivo General del Sector de la Construcción. BOE 197 de 17/07/2007. Y a la norma UNE EN 14502-1:2006
Este producto sólo debe usarse con carácter excepcional, según lo establecido en el R.D. 1215/1997.
Los supuestos de situación excepcional son:
- Técnicamente imposible utilizar equipos concebidos para la elevación de personas.
- Los riesgos derivados del entorno en el que se realiza el trabajo o de la necesidad de utilizar medios auxiliares a bordo del habitáculo de las máquinas para elevar personas, son mayores que se derivarían de la utilización de las máquinas para la elevación de cargas, acondicionadas para elevar personas.
- Situaciones de emergencia, como pueden ser; evacuación de personas, reparación inmediata para evitar una situación de riesgo grave e inminente, etc. En previsión de un uso en los supuestos anteriores (exceptuando Situaciones de emergencia)
se deberá seguir el procedimiento siguiente:
- Descripción de la situación y justificación de la misma.
- Elaboración de un procedimiento de trabajo especifico para la aplicación prevista.
- Definición y cuantificación de los medios humanos y materiales necesarios.
- Evaluación de riesgos.
- Adopción de las medidas preventivas y de control más adecuadas.
- Previsión de los recursos preventivos necesarios.